viernes, 12 de abril de 2024

Una visión asturiana y externa del centenario de la habilitación nacional

GASPAR MEANA

 
Se conmemora en 2024 el primer centenario de los cuerpos de secretaría e intervención de la Administración local, creados en virtud del Estatuto Municipal. Una norma de la dictadura primorriverista, con impronta en etapas tan diferentes como la democracia republicana, la otra dictadura (franquista) y la actual monarquía parlamentaria. Nuestras ya casi cuarentonas leyes de bases y de haciendas locales son también deudoras suyas.

El Estatuto Municipal se asocia a su principal hacedor, Calvo Sotelo, sin olvidar a Flores de Lemus (imprescindible en materia de hacienda) y antecesores como González Besada (ministro en la Restauración) o Posada (catedrático del Grupo de Oviedo). La asturianía de D. Adolfo es indudable, pero quizás no se conozca tanto que el andaluz Flores de Lemus se licenció en la Universidad de Oviedo, o que el gallego González Besada fue declarado Hijo Adoptivo de Asturias. Además, Calvo Sotelo y González Besada nacieron en Tui, en el Bajo Miño, donde se pesca la angula y se honra a San Telmo, igual que en L’Arena, en el Bajo Nalón. ¿Culminará pronto el solicitado hermanamiento entre las dos localidades marineras?

El Estatuto Municipal venía a “oxigenar la vida municipal”, combatiendo el caciquismo con los instrumentos del “cirujano de hierro” (Costa dixit) que pretendía ser Primo de Rivera. Y ahí entraban los nuevos cuerpos nacionales. Su creación fue trascendente, pero hubiese sido un cascarón vacío, de no haber ido acompañada de reglamentaciones sobre selección del personal (por oposición), provisión de vacantes, régimen económico y régimen administrativo-disciplinario. No descubro nada cuando digo que, una centuria después, las mismas cuestiones siguen siendo origen de pleitos y dolores de cabeza.

El acceso por oposición al empleo público es, como la democracia de Churchill, “el peor sistema, a excepción de todos los demás que se han inventado”. Eso no impide reclamar un debate sosegado y riguroso sobre este método, sin dramatismos y sin populismos. Entre otros aspectos, revisando temarios y pruebas de otro siglo, aprovechando la tecnología para acreditar conocimientos y competencias. O algo tan sencillo como hacer compatible un examen uniforme con la descentralización de sedes, para que no todo pase por Madrid (por cierto, ya previsto en el Estatuto Municipal). La igualdad de oportunidades en una oposición nunca debe ser una quimera para personas con alta capacidad intelectual y renta baja.

La ley vigente permite proveer vacantes por concurso o por libre designación, siempre bajo los principios de igualdad, mérito, capacidad y transparencia. La estabilidad en el puesto de trabajo es independencia y progresión profesional, pero sobre todo ha de ser garantía para que nuestras entidades locales dejen de padecer vaivenes y carencias.

Aquel Estatuto Municipal profesionalizó y sistematizó las funciones del personal de secretaría e intervención. En el momento actual, su importancia es mayor que nunca (sobre todo desde la ley de estabilidad presupuestaria de 2012) e intuyo que la adaptación interna de las nuevas reglas fiscales europeas seguirá incrementando su protagonismo. Elevemos un tono, a quien corresponda, para que provea los puestos, proporcione los medios técnicos, procure una formación especializada (con especial atención a las competencias digitales) y ofrezca poderosos incentivos con retribuciones diferenciales basadas en la efectiva evaluación del desempeño.

En lo que atañe a la coordinación entre el control interno y el control externo, es preciso comenzar por decir que los dos somos aliados del gestor y aliados entre nosotros. Distintas líneas de defensa frente a un mismo objetivo, con lealtad institucional, rigor técnico, inmersión tecnológica, atención a novedosos desafíos, ausencia de injerencias y apartamiento de cuestiones de oportunidad o conveniencia.

El control interno ha de ser proactivo, transitando del gélido reparo sin alternativa, a la acción positiva y el señalamiento del camino. El trabajo del personal funcionario con habilitación nacional no es complaciente, aunque tampoco ha de ser el del profesor que disfruta batiendo el récord de suspensos. Y no pequemos de ingenuidad, negando la realidad de algunos enfrentamientos (secretario vs. interventor; alcaldesa vs. secretaria-interventora; interventor vs. auditora externa) que, en todo caso, no son irresolubles, si hay buena voluntad. En Luz de domingo, la novela de Pérez de Ayala publicada en 1916, el secretario municipal se lamenta de que, el día que iba a pasar con su prometida, “se le ocurre al alcalde convocar sesión por la mañana para el reparto de Consumos”. A esa queja le pregunta sarcástica doña Predes: “¿crees que esa molestia que te causa el alcalde es involuntaria, o es, por el contrario, intencionada?”. Por otro lado, entendemos la soledad de quien brega todos los días en demasiados ayuntamientos “raquíticos, negligentes, cuyo nivel de vida acusa lamentable mediocridad espiritual y material”, usando las palabras de Calvo Sotelo en sus memorias.

El control externo es el evaluador del sistema de control interno, por lo que ambos viven una relación de riesgo, valga la expresión, pues el análisis y la valoración de riesgos es su razón de ser. Hay que recordar que en el mundo digital los riesgos no desaparecen; solo se transforman. Y como toda historia tiene guiños, mencionemos que en 1924, el mismo año del Estatuto Municipal, se aprobó la creación del Tribunal Supremo de la Hacienda Pública, integrando las funciones de control externo y control interno que venían desempeñando el Tribunal de Cuentas y la Intervención General, respectivamente. Esa reforma cortaba por lo sano algunas ineficiencias, pero como remedio fue peor que la enfermedad, por lo que quedaría finiquitada en la II República.

Si como todo parece, la cultura sidrera asturiana es declarada Patrimonio Inmaterial de la Humanidad, propongo brindar con nuestra bebida por el primer y feliz centenario de los cuerpos de secretaría e intervención de la Administración local.



Publicado en El Comercio el 12 de abril de 2024

 

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